jueves, 16 de septiembre de 2010

Presentación en Ministerio de Trabajo por la elección de la CTA en Salta

DENUNCIA IRREGULARIDADES DE PROCESO ELECTORAL – SOLICITA SUSPENSIÓN

Ciudad Autónoma de Buenos Aires, 16 de septiembre de 2010

Sr. Ministro de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación

Dr. Carlos Tomada

S/D

ANDREA FABIOLA FERRO, D.N.I. N°. 18.129.832, en mi carácter de apoderada nacional de la Lista 3 “Frente de Unidad Clasista”, con domicilio legal en Ayacucho 448, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, vengo a pedir la suspensión de las elecciones convocadas para la renovación de representantes sindicales e las Comisiones Ejecutivas Nacional, Provincial, Regionales y Locales de la Central de Trabajadores Argentinos (en adelante CTA) prevista para el día 23 del septiembre de 2010, por adolecer de las irregularidades que a continuación se detallan y que han provocado la alteración absoluta del proceso electoral, en violación de la normativa vigente, en especial de la Ley 23.551, legislación electoral y estatuto de la CTA.

1) Sin perjuicio de nuestro interés en la participación en las mismas, lo que ha motivado la presentación de la lista que represento y el seguimiento e impulso del proceso electoral, el mismo ha llegado –a pesar de nuestra insistencia en la modificación, rectificación y subsanación por parte de la Junta Electoral de las irregularidades constantemente señaladas– a un punto sin retorno, que hace peligrar la legalidad de la elección y presenta dudas respecto de las intenciones democráticas de la Junta Electoral y el proceso en su conjunto. Ellas motivan la presente, ya que las irregularidades, arbitrariedades, confusión, incumplimiento de normas y obligaciones en perjuicio de esta lista sólo pueden llevar al fraude, encontrándose ya en la ilegalidad; procediendo como único remedio la suspensión de las elecciones, que acá se solicita, y la fijación de una nueva fecha para las mismas, arbitrándose desde ese Ministerio las medidas necesarias para ordenar el cumplimiento de la normativa electoral, y subsanar con carácter previo los incumplimientos que se señalarán.

2) En primer lugar, se deja en claro que se ha agotado para la presente la vía asociacional, acompañándose copia de las presentaciones que se mencionan, debidamente recibidas por las distintas instancias de Junta Electoral.

En este sentido, se acompaña:

- Nota de fecha 23 de julio de 2010 presentada a la Junta Electoral Nacional requiriendo el padrón de afiliados, por orden alfabético y por establecimiento, en formato impreso y digitalizado discriminado por localidades. A la fecha solo ha sido entregado en formato digital el padrón provisorio.

- Nota de fecha 1ero. de septiembre de 2010 presentada ante la Delegación Electoral Provincial de Neuquén requiriendo urnas volantes, fijas y semi-fijas para garantizar la oportunidad de que las/os trabajadoras/es de la educación puedan votar, ya que las/os trabajadoras/es de la educación se encuentran en el padrón de las mesas de otros sindicatos, y por lo tanto, en mesas que están fuera y en algunos casos distantes de sus lugares de trabajo.

- Nota de fecha 7 de septiembre de 2010 presentada ante la Delegación Electoral de Salta requiriendo se conformen mesas para garantizar que las/os trabajadoras/es de la educación puedan votar en sus lugares de trabajo, ya que figuran todas/os los de la Provincia en una única mesa de Salta Capital.

- Nota de fecha 7 de septiembre de 2010 presentada ante la Delegación Electoral Provincial de Neuquén requiriendo el padrón por mesa, lugares y horarios de votación por mesa y la información sobre los permisos gremiales para fiscales.

- Nota de fecha 9 de septiembre de 2010 presentada ante la Delegación Electoral de Morón-Hurlingham-Ituzaingo requiriendo se incorpore una urna de votación dentro del INTA (Instituto Nacional de Tecnología Agropecuaria) ya que es un lugar con un alto porcentaje de afiliados a la CTA.

- Nota de fecha 10 de septiembre de 2010 presentada ante la Junta Electoral Nacional requiriendo, frente al cupo limitativo impuesto en Acta de Resolución de la Junta Electoral Nacional del día 3 de septiembre de 2010 de garantizar solo 40 boletas por lista oficializada en cada una de las mesas, que se garantice en cada mesa una cantidad de boletas correspondiente al número de afiliados que figuran en el padrón de la misma y que se entregue a la apoderada nacional de la Lista 3 “las distintas boletas correspondientes a dicha lista en todas las categorías (Comisión Ejecutiva Nacional, Provincial, Local o Regional, Revisores de Cuenta, Congresales Nacionales y Provinciales) antes del miércoles 15 de septiembre, en cantidades equivalentes a la mitad del padrón correspondiente, de modo de que se pueda garantizar que lleguen a tiempo a los fiscales de las distintas localidades del país.”

- Nota de fecha 13 de septiembre de 2010 presentada ante la Junta Electoral Nacional requiriendo que : a) se emita resolución pública que garantice a los trabajadores afiliados a CTA que actuarán como fiscales en el día del comicio, permiso gremial para justificar la ausencia en el lugar de trabajo y percibir el pago correspondiente a ese día; b) se emita resolución pública que garantice a los 3 (tres) primeros candidatos de cada lista puedan gozar de permisos gremiales desde el día de la fecha y hasta el día de la elección; c) dado que todavía no hay un padrón por mesa, se extienda el plazo de la presentación de fiscales hasta el día previo al comicio a los fines de permitir que una mayor cantidad de compañeros puedan garantizar la transparencia y participación en el presente acto electoral; d) se habilite el ingreso de 1 (un) fiscal de cada lista por cada urna a escrutar, en el espacio dispuesto para tal fin, dado que un sólo compañero no puede fiscalizar la apertura simultánea de más de una urna; e) se publiquen y se entreguen con urgencia a quien suscribe los padrones definitivos por mesa. La ausencia de estos padrones atenta claramente contra una votación masiva de los afiliados, al impedirles conocer su lugar de votación; f) se especifiquen las direcciones y horarios de todas las mesas, dado que en la convocatoria se mencionan, en algunos casos, calles sin la numeración correspondiente; g) se especifique detalladamente el recorrido y horarios de las urnas volantes, así como el lugar donde se realizará su escrutinio.

- Nota de fecha 14 de septiembre de 2010 presentada ante la Delegación Electoral Provincial de Córdoba requiriendo el padrón por mesa, lugares y horarios de votación por mesa, que se habiliten mesas en la Ciudad Universitaria de Córdoba Capital y que la entrega de las boletas pertinentes.

- Nota de fecha 16 de septiembre de 2010 presentada ante la Junta Electoral Nacional reiterando la solicitud de impresión de boletas y entrega de boletas a las apoderadas –haciendo reserva de derechos–, tal como fuera hecha el 10 de septiembre ante la Resolución de la Junta Electoral de fecha 15 de septiembre de no hacer lugar a lo peticionado. Requiriendo, frente al cupo limitativo impuesto en Acta de Resolución de la Junta Electoral Nacional del día 3 de septiembre de 2010 de garantizar solo 40 boletas por lista oficializada en cada una de las mesas, que se garantice en cada mesa una cantidad de boletas correspondiente al número de afiliados que figuran en el padrón de la misma y que se entregue a la apoderada nacional de la Lista 3 “las distintas boletas correspondientes a dicha lista en todas las categorías (Comisión Ejecutiva Nacional, Provincial, Local o Regional, Revisores de Cuenta, Congresales Nacionales y Provinciales) antes del miércoles 15 de septiembre, en cantidades equivalentes a la mitad del padrón correspondiente, de modo de que se pueda garantizar que lleguen a tiempo a los fiscales de las distintas localidades del país.”

3) Dentro de las irregularidades, la falta de boletas (ignoramos si a la fecha se han emitido) imposibilita totalmente nuestra participación en el comicio. La Junta Electoral nos ha excluido del mismo por la vía de no entregarnos las boletas, que a la fecha ni siquiera han sido exhibidas. Este pedido se funda en un criterio democrático básico, que es garantizar que cada afiliada/o pueda votar la lista que elija, pero además es un criterio que ha sido defendido por la propia Junta Electoral en las últimas elecciones, por Acta de dicho organismo del 8 de noviembre de 2006, que sostiene en el considerando nro. 7 (ratificado en el 1er. artículo de la parte resolutiva) “Según es costumbre en las elecciones de CTA, las boletas están en poder de cada presidente de mesa, y se imprimen un mínimo de tantas boletas como cantidad de afiliados existan para votar. De tal modo se garantiza que cada mesa cuente con las boletas necesarias, y no existen antecedentes en contrario.”

4) Dentro de las ilegalidades falta consignar tal vez la más importante, que es que no se han exhibido a la fecha las listas oficializadas, lo que ocurre en desmedro del control mutuo y fiscalización entre las listas intervinientes.

Un elemento más que define la ilegalidad de la elección es la ausencia de padrones, y el desconocimiento absoluto de lugares de votación, así como de los recorridos de las urnas volantes. Con toda perfidia la CTA ha colocado los padrones en Internet, donde individualmente se puede saber dónde se vota, pretendiendo suplir de esta forma la entrega de los padrones definitivos violando así la norma constitucional de entrega de padrones a todas las listas participantes.

5) Los elementos señalados incumplen la normativa electoral vigente, sumen al proceso eleccionario en la ilegalidad, y señalan que tanta confusión sólo se encuentra al servicio de quienes posean los padrones, las boletas, los fiscales acreditados y en definitiva acompañe las urnas.

La lista que represento ha instado de todos modos la clarificación y legalidad del proceso electoral desde la convocatoria inicial, y a una semana del comicio no ha tenido acceso a los padrones definitivos, no ha sido informada del recorrido de las urnas, no ha recibido las boletas ni se le ha respondido sobre la prórroga para presentar fiscales, todos cuyos pedidos constan documentados agregados al presente.

6) Se pide en función de ello al Sr. Ministro , en cumplimento de la normativa y en salvaguarda de los derechos garantizados por el art. 14 bis de la Constitución Nacional, del ejercicio de la democracia sindical y el derecho al debido procedimiento, se suspendan las elecciones cuyo procedimiento aquí se observa, se emplace a la Junta Electoral de la CTA al cumplimiento de sus obligaciones y deficiencias aquí señalados, y se fije nueva fecha de elecciones, garantizándose el regular ejercicio de los derechos.

Andrea Fabiola Ferro

D.N.I. 18.129.832

Apoderada Nacional

Lista 3 “Frente de Unidad Clasista”

Se entregan folios:

La presente no obstaculiza la incorporación de nuevas denuncias y pruebas sobre el tema.